¿Tus padres han decidido ayudarte con algo de dinero para afrontar la entrada de la casa o el coche y no sabes si eso se considera una donación o no? Esta es una de las situaciones más comunes en las que surge la duda de qué es una donación realmente y a partir de qué cantidad de dinero hay que hablar de donaciones. En este artículo trataremos de despejar las principales dudas que suelen surgir en torno a este concepto para que la información sea lo más clara posible.

¿Qué es una donación?

Lo primero es tener clara la definición de donación. A partir de ahí ya se puede averiguar si existe algún mínimo exento en las donaciones o límite de dinero establecido.

Las donaciones están reguladas por el artículo 618 del Código Civil, que las define como “un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta”. En otras palabras, se trata de cualquier entrega de dinero o bienes sin recibir ningún tipo de prestación a cambio, lo que comúnmente se conoce como “dar algo”.

El Código Civil apenas incluye excepciones para estas entregas, salvo las relativas a dar sustento, habitación, alimento, asistencia médica y educación a los hijos y el cónyuge. Es decir, cualquier otra cosa que recibas es susceptible de ser una donación, siempre que no entregues algo a cambio.

Así, por ejemplo, los regalos de boda son consideradas donaciones con la ley en la mano, aunque la Agencia Tributaria nunca ha sancionado a ningún novio por no declararlos.

Y es que una de las características de las donaciones es que quien las recibe debe pagar impuestos por ellas en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

¿A partir de qué cantidad de dinero se considera que es una donación?

Cualquier entrega de dinero o de bienes es una donación a ojos de Hacienda. No existe una cantidad mínima que no se considere como tal y no existen ninguna excepción. Hasta ese euro que te puede dejar tu amigo para el autobús es, ateniéndonos a la ley, una donación.

El Código Civil no establece una cifra determinada a partir de la cual sea una donación y otra que no. La simple entrega del dinero o del bien hace que ya exista una donación.

¿Hay una cantidad mínima de dinero exenta para declarar las donaciones?

Todas las donaciones deben declararse en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Esta obligación recae sobre quien recibe el dinero, que dispone de un mes desde ese momento para saldar cuentas con Hacienda.

Existe un mito muy extendido según el cual no hay que pagar por las donaciones inferiores a 3.000 €. Hay incluso quienes lo extienden a lo que se considera una donación. Nada más lejos de la realidad.

No hay un mínimo por el que no estés obligado a declarar, ni una cantidad por la que no se considere una donación a cualquier entrega de dinero, bienes e incluso servicios.

La razón de este mito es que el banco no está obligado a informar a Hacienda por las retiradas e ingresos en efectivo inferiores a 3.000 €. Por eso hay quienes piensan que eso equivale a que no hay que tributar por esas donaciones o que el fisco simplemente no se enterará de esos movimientos.

Lo cierto es que estas entregas por debajo de 3.000 € también son donaciones y hay que tributar por ellas. De hecho, la Agencia Tributaria dispone de cuatro años para reclamar su pago.


Publicado el 21 de julio de 2020