¿Qué pasa cuando dejas de pagar un préstamo? Que seguramente tengas que pagar intereses de demora por retrasarte en el pago. Seguro que has oído hablar de esto.

Los intereses de demora se aplican cuando incumples tus obligaciones de pago. Su objetivo no es el de sancionar, sino más bien el de indemnizar a quien debería haber recibido un dinero y no lo ha hecho. Por eso mismo, para que te los puedan cobrar, existen una serie de requisitos:

  • Que la deuda haya vencido y sea dineraria.
  • Que estén reflejados en el contrato, ya sea una hipoteca, un préstamo o un crédito.

En el caso de que no se estableciera nada en el contrato sobre los intereses de demora, sería necesaria una reclamación extrajudicial o judicial para que se puedan solicitar intereses de demora, aunque lo más habitual es que no sea así y si haya una mención específica sobre el cobro de los intereses de demora en tu contrato o escritura. En otras palabras, que la mora se puede reclamar desde el momento en el que se deja de pagar.

Tipos de intereses de demora

Igual que hay más de un tipo de deuda, también existen diferentes tipos de intereses de demora. A continuación te indicamos algunos de ellos y sus límites:

Interés de demora en préstamos personales

En un préstamo personal, el interés de demora será el interés del préstamo más un máximo de dos puntos sobre el interés remuneratorio1. Es decir, si el tipo de interés del préstamo es de un 6 %, el interés de demora podrá ser del 8 %.

Interés de demora por descubiertos tácitos

En ningún caso podrán aplicarse a los créditos que se concedan en forma de descubiertos un tipo de interés que dé lugar a una TAE equivalente superior a 2,52 el interés legal del dinero. El interés legal del dinero se establece cada año en los Presupuestos Generales del Estado y en 2021 está situado en el 3 %3.

Interés de demora en préstamos hipotecarios

Los sucesivos cambios en la legislación han ido adaptando y limitando el interés de demora en préstamos hipotecarios.

A partir de la aprobación de la Ley 1/20134, los intereses de demora se limitaron a tres veces el interés legal del dinero y solo podían devengarse sobre el principal pendiente de pago
Desde el 16 de junio de 2019, la nueva ley hipotecaria establece que los intereses de demora podrán ser, como máximo, tres puntos porcentuales superiores al interés remuneratorio. Es decir, que no podrán superar en más de 3 puntos el tipo de interés que pagas por la hipoteca5.

Por ejemplo, para la Hipoteca Open a interés fijo, que tiene un tipo desde el 1,55% TAE, TIN 1,55% los intereses de demora nunca podrán superar el 4,55%, aunque nosotros no cobramos ese máximo.6

¿Cómo se calcula el interés de demora en un préstamo hipotecario?

Que el interés de demora de una hipoteca al 1,55% pueda ser del 4,55% no quiere decir que vayas a pagar ese porcentaje por cada retraso.

Los intereses de demora empiezan a aplicarse desde el momento en que dejas de pagar y se suman a la cuota que no hayas abonado. El cálculo de los intereses de demora se realiza en función de los días que tardes en pagar.

Básicamente, lo que se hace es prorratear ese interés entre los días del año para dar con la cantidad que corresponda abonar.

Ejemplo de aplicación del interés de demora

Volviendo al ejemplo anterior, imagina que estás pagando 800 € de hipoteca al mes con un interés del 1,55 % y un interés de demora del 4,55 %. Un mes no puedes hacer frente al préstamo y tardas 25 días en abonar esa cuota. ¿Cuánto tendrías que pagar de intereses de demora?

La fórmula para calcularlo sería:
Interés de demora = (cuota mensual) x (tipo de interés de demora) x (tiempo de retraso en el pago de la factura partido de 365 días)

En números y con el ejemplo anterior: 800 x 0,0455 x (25/365) ¿El resultado? 2,5 €.


Este artículo ha sido redactado sin ánimo de exhaustividad y con efectos meramente informativos, sin que el mismo suponga ningún tipo de asesoramiento o recomendación por parte de Open Bank, S.A. Para confirmar la información acuda a fuentes de información oficiales o consulte con un profesional. Open Bank, S.A. declina cualquier responsabilidad por la emisión del presente artículo.

Publicado el 16 de diciembre de 2021

1Sentencias del Tribunal Supremo (Sala 1ª Pleno) de 23.12.2015 y 3.06.2016.
2Sentencia 265/2015 del Tribunal Supremo
3Tablas tipo de interés legal
4Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.
5Artículo 114 de la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario

6Ejemplo representativo para hipoteca de 150.000€ a 15 años:
Habría 180 cuotas de las cuales los 3 primeros meses serían al 1,15% TIN: cuota mensual 907,67€. Si no cumples condiciones de bonificación, en las 177 cuotas restantes se aplicaría el tipo fijo: 1,55% TIN (1,55% TAE), siendo las cuotas mensuales de 934,06€, el coste total de 18.051,47€ y el importe total a pagar de 168.051,47€. Si cumples condiciones de bonificación,- habría 180 cuotas al tipo fijo 1,15% TIN (1,35% TAE), siendo las cuotas mensuales de 907,67€, el coste total de 15.687,80€ y el importe total a pagar de 165.687,80€.

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