El matrimonio es compartir la vida y también las finanzas. Más allá de la ceremonia de boda, el matrimonio es un contrato entre dos personas que, a partir de ese momento, tendrán una serie de derechos y obligaciones.

Una de las cosas a tener en cuenta tiene que ver con el dinero y con la forma en la que se quiere compartir el patrimonio actual y futuro. Por eso mismo, al casarse hay que pensar en el régimen matrimonial que se va a elegir. En España, existen tres opciones:

  1. Bienes gananciales.
  2. Separación de bienes.
  3. Régimen de participación.

Si no se elige ninguna, se aplicará por defecto la que marque la comunidad autónoma donde se resida. Salvo excepciones como en Cataluña, Aragón e Islas Baleares, se aplicará el de bienes gananciales. Esto quiere decir que los bienes del matrimonio serán de ambos desde el momento en el que se casen.

¿Qué es la separación de bienes?

La separación de bienes es un régimen económico matrimonial por el que cada uno de los cónyuges conserva la propiedad y administración de sus bienes tras contraer matrimonio. Así, en caso de divorcio, los bienes de ambos no se reparten a partes iguales.

Esto no quiere decir que el dinero de cada uno sea solo suyo (privativo en términos técnicos). Los dos cónyuges deben mantener las cargas del matrimonio en proporción a sus recursos. En otras palabras, ambos deben contribuir a la economía familiar de una u otra forma.

Lo que sí es de cada uno son otros conceptos, como los préstamos y las deudas. ¿Qué pasa con los préstamos en un matrimonio en separación de bienes? Básicamente que cada cónyuge sigue siendo responsable de sus obligaciones.

A modo de ejemplo, si cuentas con una hipoteca a tu nombre, seguirá siendo tuya y tu responsabilidad, de igual manera que la casa será solo tuya cuando termines de pagarla. Si quieres compartirla con tu cónyuge puedes incluirle en la hipoteca, igual que si los dos estáis aportando dinero para el pago de la casa, aunque solo uno aparezca en la hipoteca.

¿Cuándo se puede elegir el régimen matrimonial?

La forma de escoger la separación de bienes es a través de las capitulaciones matrimoniales antes de casarse. Estas son el contrato que fija las normas del matrimonio y regula la relación económica.

Lo más habitual es firmar las capitulaciones matrimoniales antes de la boda. De hecho, pueden firmarse hasta un año antes del enlace. Este es un ejemplo de por qué es tan importante hablar de finanzas con la pareja, te vayas a casar o no.

¿Qué pasa si lo hiciste, pero no elegiste régimen económico para el matrimonio? ¿Es posible cambiar de elección después de casarte? ¿Se puede hacer separación de bienes tras al matrimonio? La respuesta es afirmativa, puedes hacerlo y es muy fácil.

¿Cómo hacer separación de bienes tras el matrimonio?

Para firmar la separación de bienes después del matrimonio solo hace falta el acuerdo de ambos cónyuges. Si uno de los dos se opone, el matrimonio mantendrá el régimen firmado en las capitulaciones matrimoniales, normalmente el de bienes gananciales.

En caso de acuerdo, lo más importante es que los dos dejen constancia de forma clara de las propiedades que son de cada uno. Esta es la clave para evitar problemas en el futuro si se acaba el amor.


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