La idea de tener tiempo libre para poder disfrutar es algo que se le ha pasado por la cabeza a, prácticamente, la mayoría de las personas. Salvo los muy apasionados de su trabajo, todos hemos soñado en algún momento con una jubilación temprana que nos permita disfrutar de todo aquello que la vorágine laboral del día a día hace difícil. ¿Pero es posible jubilarse a los 50? Con ahorro y una buena planificación financiera sería plausible.

Aunque la edad ‘oficial’ de jubilación cada vez se amplía más en consonancia con la mayor esperanza de vida, la idea de retirarse pronto permanece inalterable para muchos trabajadores. Y no solo eso, cada vez son más los que intentan sumarse al denominado movimiento FIRE (Financial Independence, Retire Early), que busca alcanzar la independencia financiera cuanto antes. Para lograrlo, aunque es un reto complicado y ambicioso, es básico fijarse este objetivo a una edad temprana y poner en práctica los mecanismos necesarios, ya que se trata de una tarea a largo plazo.

¿Cuánto tenemos que ahorrar?

La primera duda que nos viene a la mente es ¿cuánto dinero necesito para lograrlo? Es sin duda la pregunta del millón porque debemos ser conscientes de que, al jubilarnos antes de tiempo, en los primeros años, no se tendrá a priori acceso a la pensión pública (la Seguridad Social no contempla la jubilación a una edad tan temprana) y tampoco se contará con los ingresos recurrentes que supone el sueldo.

Para contestar a esta cuestión, cabe señalar que no hay una cifra concreta ni una fórmula mágica para averiguarlo, (pese a que en el movimiento FIRE lo sitúan alrededor del 50 % de los ingresos, una cifra inalcanzable para la mayoría de los trabajadores) ya que dependerá en gran medida de la capacidad de gasto que se quiere tener o se necesitará en el futuro. Asimismo, la capacidad de ahorro también varía mucho en función de las circunstancias personales, puesto que depende de los ingresos y los gastos que se tengan durante la vida en activo.

La planificación, la clave para jubilarse a los 50 años

Y es aquí donde entra en juego la planificación financiera. En primer lugar, hay que fijarse un objetivo de ahorro y destinar una cantidad mensual a esta finalidad. No obstante, no sirve con guardarlo simplemente en la hucha, es necesario ponerlo a trabajar e invertirlo con un doble objetivo: por un lado, no sufrir el efecto de la inflación y no perder poder adquisitivo y, por otra, obtener rendimientos de la inversión y aumentar el patrimonio de este modo.

En este sentido, es recomendable contar con un buen asesoramiento profesional que oriente sobre las mejores oportunidades para cada persona en función de su perfil de riesgo o rendimiento. En cualquier caso, en líneas generales, lo idóneo es invertir en activos con mayor riesgo al principio de la inversión y cuando aún quedan años para jubilarse e ir reduciendo el riesgo de la cartera a medida que se acerca el ansiado horizonte de jubilación. Otro aspecto clave a tener en cuenta es que, una vez retirados del mundo laboral, no es conveniente reembolsar todo el dinero invertido de una vez, sino que lo mejor es retirarlo poco a poco, de forma que la cantidad que permanece invertida siga generando rendimientos.

Otra opción es invertir en algo que nos ofrezca la posibilidad de obtener rentas periódicas en el futuro, como por ejemplo un inmueble. Una vez se haya pagado el mismo, si se arrienda, se pueden obtener rentas mensuales que constituirían un ingreso recurrente mientras permanezca alquilado. Obviamente, el desembolso de adquirir un inmueble solo para este fin, no está al alcance de todos los bolsillos.

Complementar el ahorro con subsidios

Una forma de intentar complementar el ahorro hasta alcanzar la edad formal para jubilarnos y poder cobrar la pensión pública es mediante subsidios o prestaciones. La opción de acogerse a la jubilación anticipada solo está disponible desde unos pocos años antes de la edad legal. Además, esta opción implica ver reducida la pensión pública que se percibiría en caso de haberse jubilado a la edad legal en un importe proporcional a los años en los cuales se está adelantando la jubilación. Puede ser de dos tipos:

  • Jubilación forzosa: se debe haber cumplido una edad inferior en cuatro años a la edad de jubilación y haber cotizado, como mínimo, 33 años.
  • Jubilación voluntaria: se tiene que haber alcanzado como mínimo dos años menos que la edad legal de jubilación y haber cotizado un mínimo de 35 años.

Asimismo, existen una serie de prestaciones a las que se puede optar, en función de las circunstancias, y siempre que se cumplan los requisitos necesarios. Estas prestaciones son la prestación por desempleo, el subsidio por desempleo, la Renta Activa de Inserción o el subsidio para mayores de 52 años.

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Ten en cuenta que toda inversión conlleva riesgos, incluido ausencia de rentabilidad y/o pérdida del principal invertido.


Publicado el 3 de junio de 2021

Este artículo ha sido redactado sin ánimo de exhaustividad y con efectos meramente informativos, sin que el mismo suponga ningún tipo de asesoramiento o recomendación por parte de Open Bank, S.A. Para confirmar la información acuda a fuentes de información oficiales o consulte con un profesional. Open Bank, S.A. declina cualquier responsabilidad por la emisión del presente artículo.

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